Todo comenzó en 2012, cuando la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) multó a las tres grandes operadoras de nuestro país (Telefónica, Vodafone y Orange) por abuso de posición dominante al aplicar precios excesivos a los servicios mayoristas de terminación y acceso de SMS y MMS.
Es decir, se les puso una sanción por revender a otros operadores más pequeños SMS y MMS para que éstos pudieran comercializarlos a sus clientes. De esta forma, afirmaba que estas compañías pusieron “barreras de entrada y expansión a los OMV”.
Concretamente, la sanción fue de 46,4 millones de euros para Telefónica, de 43,5 millones para Vodafone y de 30 millones para Orange. En su momento causó un gran revuelo en el mercado, ya que fue la segunda multa de mayor valor impuesta por la CNMC (sólo por detrás de la que impuso en 2009 a un grupo de aseguradoras por pactar precios en el sector de los seguros decenales).
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Pues bien, la Audiencia Nacional ha decidido retirar esta sanción y condena que el demandante se haga cargo de las costas judiciales, ya que considera que no existió ningún tipo de monopolio.
En el caso de que la Administración quisiera recurrir, tiene hasta 30 días para presentar un recurso de casación.
La sentencia justifica su decisión en que no existe ningún tipo de posición individual de las tres operadoras en el mercado mayorista de terminación de SMS, por lo que no ha entrado a valorar otras consideraciones.
Ésta no es la primera vez que la Audiencia Nacional anula una multa de la CNMC. De hecho, la semana pasada hizo lo mismo con una sanción de 2015 de 22,6 millones que implicaba a Repsol.
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